Descripción
100% online
Gestoras especializadas
Justificante oficial
Sin errores en la solicitud
Requisitos para la solicitud de la ayuda
Para acceder a esta ayuda debes cumplir estos requisitos generales:
- Residir legalmente en España en el momento del nacimiento o la adopción.
- Formar parte de una familia numerosa (3 o más hijos, o 2 si alguno tiene discapacidad), o que el progenitor o el hijo tengan reconocida una discapacidad igual o superior al grado exigido.
- Que los ingresos anuales de la unidad familiar no superen el límite fijado por la Seguridad Social (el límite crece cuantos más hijos tengáis a cargo).
- No tener derecho a otra prestación pública de la misma naturaleza por el mismo hijo.
Te decimos, sin compromiso, si tu situación cumple estos requisitos.
Que perfiles engloba:
-
Familia numerosa de categoría general (3 hijos, o 2 con discapacidad).
-
Familia numerosa de categoría especial (5 hijos o más, parto múltiple, o ingresos muy reducidos).
-
Progenitor con discapacidad igual o superior al 65 %.
-
Hijo o hija recién nacido con discapacidad reconocida.
Información adicional
Qué es esta ayuda y cuánto se cobra
Esta prestación de la Seguridad Social reconoce un pago único de hasta 1.000 € por hijo o hija a familias numerosas, o cuando el padre, la madre o el propio hijo tienen reconocida una discapacidad igual o superior al grado exigido (65 % en el progenitor, 33 % en el menor, según el supuesto).
Es una ayuda distinta e independiente de la prestación por nacimiento y cuidado del menor, y se cobra en un único ingreso.
El importe depende de tus ingresos anuales: si están por debajo del límite fijado cada año se cobra la ayuda completa; si lo superan ligeramente, se reduce de forma proporcional.
Revisamos tu caso para confirmar cuánto te corresponde antes de presentar nada.
Compatibilidad con otras ayudas
Puedes combinar esta ayuda con otras prestaciones:
- Prestación por nacimiento y cuidado del menor (baja por maternidad/paternidad).
- Deducción fiscal por familia numerosa (anticipo mensual de la Agencia Tributaria).
- Ayuda por parto múltiple, si es tu caso.
- Ayudas autonómicas propias de tu comunidad (como la Tarxeta Benvida en Galicia o la ayuda del Gobierno Vasco).
En Trámite Nacimiento revisamos qué ayudas te corresponden y gestionamos las que necesites.
Documentación y plazos
Para tramitar la ayuda necesitarás:
- DNI, NIE y/o pasaporte del progenitor solicitante
- Certificado de nacimiento/adopción o Libro de Familia
- Título de familia numerosa, si ya lo tienes (si no, podemos ayudarte a solicitarlo).
- Certificado de discapacidad, en su caso.
- Certificado de empadronamiento y justificante de ingresos.
Tienes hasta 5 años desde el nacimiento o la adopción para solicitarla. Cuanto antes la pidas, antes la cobras.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se cobra por esta ayuda?
Hasta 1.000 € por hijo o hija, en un único pago. El importe puede reducirse según tus ingresos.
¿Necesito ya el título de familia numerosa para solicitarla?
No es imprescindible en el momento de pedirla, pero conviene tenerlo o estar tramitándolo. Podemos ayudarte con ambos trámites.
¿Qué grado de discapacidad da derecho a la ayuda?
Un 65 % o más en el progenitor, o el grado que corresponda en el caso del hijo, según el supuesto.
¿Es compatible con la baja por maternidad o paternidad?
Sí, son prestaciones distintas y compatibles entre sí.
¿Puedo solicitarla desde cualquier parte de España?
Sí, gestionamos tu expediente estés donde estés, de forma 100 % online.








