Descripción
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Requisitos solicitud ayuda para madres trabajadoras
Tienen derecho a esta deducción las madres con hijos menores de 3 años por los que tengan derecho al mínimo por descendientes, que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, con un mínimo de días cotizados.
También pueden acceder madres que, en el momento del nacimiento, estén percibiendo una prestación contributiva o asistencial de desempleo.
Que perfiles engloba:
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Madres trabajadoras por cuenta ajena o propia.
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Madres en situación legal de desempleo con prestación.
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Madres con hijos en guardería o escuela infantil.
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Madres que quieren cobrarla de forma anticipada, mes a mes.
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Información adicional
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Qué es esta ayuda y cuánto se cobra
Es la deducción por maternidad de la Agencia Tributaria, conocida popularmente como «los 100€ al mes», porque puede cobrarse de forma anticipada cada mes en lugar de esperar a la declaración de la renta.
El importe máximo es de 1.200€ al año por cada hijo menor de 3 años (100€/mes).
Si además pagáis gastos de guardería o centro de educación infantil, la deducción puede aumentar hasta 1.000€ adicionales al año, aunque este incremento no se cobra por adelantado: se aplica al presentar la declaración de la renta.
Compatibilidad con otras ayudas
Esta deducción es compatible con la prestación estatal por nacimiento, con las ayudas autonómicas de tu comunidad y con las ayudas municipales por nacimiento.
En tu estudio gratuito te decimos con qué otras ayudas puedes combinarla.
Documentación y plazos
Se suele solicitar:
- DNI, NIE y/o pasaporte de los progenitores
- Certificado de nacimiento o Libro de Familia
- Datos de afiliación y cotización a la Seguridad Social
- Si corresponde, el justificante de gastos de guardería
A diferencia de otras ayudas, esta deducción se puede solicitar en cualquier momento mientras el hijo sea menor de 3 años, aunque cuanto antes la tramites, antes empiezas a cobrar los 100€ mensuales.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cobrarla si estoy de baja por maternidad?
Sí, es compatible con la baja por maternidad, siempre que cumplas el resto de requisitos.
¿Qué pasa cuando mi hijo cumple 3 años?
Dejas de tener derecho a la deducción a partir de ese momento.
¿Puedo cobrar también el incremento por guardería cada mes?
No, el incremento por gastos de guardería solo se aplica al presentar la declaración de la renta, no de forma anticipada.
¿Qué pasa si estoy en paro?
Puedes tener derecho si en el momento del nacimiento percibías una prestación contributiva o asistencial de desempleo.
¿Es compatible con otras ayudas por nacimiento?
Sí, es compatible con las ayudas estatales, autonómicas y municipales.
¿Puedo empezar a cobrarla aunque mi hijo ya tenga varios meses?
Sí, se puede solicitar en cualquier momento mientras tu hijo sea menor de 3 años.








