Descripción
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Requisitos solicitud ayuda por nacimiento Valencia
Para tener derecho a esta ayuda, los progenitores o adoptantes deben estar empadronados en un municipio de Cataluña, y al menos uno de ellos debe acreditar varios años de empadronamiento, con parte de ese periodo inmediatamente anterior a la solicitud.
También se exige residencia legal en España en el momento de presentar la solicitud.
Que perfiles engloba:
-
Familias con un nacimiento reciente.
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Familias que han adoptado a un menor.
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Familias numerosas.
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Familias monoparentales.
Información adicional
Qué es esta ayuda y cuánto se cobra
Es una prestación económica de la Generalitat de Catalunya por cada nacimiento o adopción, pensada para ayudar con los primeros gastos del bebé.
La cuantía general es de 650€ por hijo o hija, que se eleva a 750€ si la familia tiene reconocido el título de familia numerosa o monoparental.
Compatibilidad con otras ayudas
Esta prestación es compatible con la deducción autonómica del IRPF por nacimiento o adopción en Cataluña, con la prestación estatal por nacimiento y con la deducción por maternidad de Hacienda.
En tu estudio gratuito te decimos qué más puedes sumar a esta ayuda.
Documentación y plazos
Se suele solicitar:
- DNI, NIE y/o pasaporte de los progenitores
- Certificado de nacimiento o Libro de Familia
- Certificado de empadronamiento en Cataluña
El plazo para solicitar esta ayuda es muy corto desde el nacimiento o la adopción (cuestión de días), así que te recomendamos iniciar el trámite cuanto antes para no perderla.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para solicitarla?
El plazo es muy corto desde el nacimiento o la adopción; por eso conviene iniciar el trámite cuanto antes.
¿El importe es siempre el mismo?
No: es mayor si la familia tiene reconocido el título de familia numerosa o monoparental.
¿Es compatible con la deducción del IRPF por nacimiento en Cataluña?
Sí, son ayudas distintas y compatibles entre sí.
¿Puedo solicitarla si acabo de empadronarme en Cataluña?
Se exige una antigüedad mínima de empadronamiento; lo comprobamos en tu estudio gratuito.
¿Hay que acudir a alguna oficina de la Generalitat?
No, toda la gestión es telemática.
¿Qué pasa si se me pasa el plazo?
Por eso recomendamos iniciar el trámite cuanto antes; una vez superado el plazo no se puede solicitar.








