Descripción
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En qué te ayudamos
El CUME es una prestación de la Seguridad Social para madres, padres, adoptantes o acogedores que reducen su jornada laboral (entre el 50 % y el 99,99 %) para cuidar de un menor a su cargo afectado por cáncer u otra enfermedad grave.
La prestación compensa la pérdida de salario derivada de esa reducción de jornada, y puede mantenerse mientras dure la necesidad de cuidado, generalmente hasta que el menor alcanza la mayoría de edad ampliada que marca la normativa vigente.
Revisamos si cumples los requisitos y presentamos toda la solicitud ante la Seguridad Social.
Qué perfiles engloba:
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Progenitores, adoptantes o acogedores permanentes que reduzcan su jornada laboral para cuidar al menor.
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Estar dado de alta y en situación de cotización en un régimen público de Seguridad Social.
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Que el menor esté diagnosticado de cáncer u otra enfermedad grave incluida en el listado oficial.
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Casos especiales: familias monoparentales, separadas, divorciadas o en situación de violencia de género, en los que el progenitor conviviente puede acceder aunque el otro no trabaje.
¿Qué dicen de nosotros las familias?
La tranquilidad de saber que tus trámites están en buenas manos.
Información adicional
Compatibilidad con otras ayudas
El CUME es compatible con otros permisos y ayudas relacionadas con el cuidado del menor, aunque no se puede disfrutar a la vez que otra prestación que cubra la misma reducción de jornada.
Si además necesitas tramitar una excedencia o revisar tu convenio colectivo para ver qué mejoras aplica tu empresa, también podemos ayudarte con esos trámites.
Documentación y plazos
Para tramitar el CUME necesitamos:
- Informe médico que acredite el diagnóstico del menor
- Documentación laboral de quien solicita la reducción
- Certificado de nacimiento o Libro de Familia
Es recomendable solicitarlo cuanto antes desde el diagnóstico, ya que el subsidio se reconoce a partir de la fecha de la reducción efectiva de jornada.
Preguntas frecuentes
¿Qué porcentaje de jornada puedo reducir?
Entre el 50 % y el 99,99 % de tu jornada habitual.
¿Cuánto tiempo puedo recibir la prestación?
Mientras se mantenga la necesidad de cuidado del menor, según los límites de edad que fija la normativa vigente.
¿Pueden solicitarlo el padre y la madre a la vez?
No, solo uno de los progenitores puede reducir su jornada y percibir la prestación en cada periodo, salvo excepciones específicas.
¿Hace falta acudir a una oficina de la Seguridad Social?
No, toda la gestión se realiza de forma telemática.
¿Qué pasa si mi empresa pone problemas a la reducción de jornada?
Te asesoramos sobre tus derechos y, si es necesario, sobre los pasos a seguir.








